Sí que es cierto que los tiempos cambian pero, incluso desde la disyuntiva que ello supone, es inevitable toparnos con similitudes que bien fundamentan el escepticismo de aquellos que no creen estar tan lejos de lo que un día fuimos.

Este escrito estuvo expuesto en un establecimiento comercial de Alcalá de Henares en 1832. ¿Tan diferente es frente el pensamiento centralista de nuestros días?:
La diferencia es que, a fecha de hoy, lo que muchos no saben es que Catalunya representa el 18,8% del PIB español.

Y para aquellos escépticos que todavía creen en una independencia a largo plazo y, sobretodo, para aquellos que lo ven tan sumamente lejos como para descartarlo, me gustaría recopilar un par de puntos de la Constitución de Cádiz de 1812. Esta primera constitución, supuso un gran paso democrático antes de su abolición del recién entronado Fernando VII dos años después. Establecía el sufragio universal, la soberanía nacional, la monarquía constitucional, la separación de poderes, la libertad de imprenta, acordaba el reparto de tierras y la libertad de industria entre otras medidas.

Sin embargo, con lo que chistosamente me quedo es con esto:

"TÍTULO PRIMERO: DE LA NACIÓN ESPAÑOLA Y DE LOS ESPAÑOLES

CAPÍTULO PRIMERO De la Nación española.


Art. 1o. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.

(...)
TÍTULO SEGUNDO:
DEL TERRITORIO DE LAS ESPAÑAS, SU RELIGIÓN Y GOBIERNO, Y DE LOS CIUDADANOS ESPAÑOLES

CAPÍTULO PRIMERO Del territorio de las Españas


Art. 10. El territorio español comprende en la Península con sus posesiones e islas adyacentes, Aragón, Asturias, Castilla la Vieja, Castilla la Nueva, Cataluña, Córdoba, Extremadura, alicia, Granada, Jaén, León, Molina, Murcia, Navarra, Provincias Vascongadas, Sevilla y Valencia, las islas Baleares y las Canarias con las demás posesiones de África.

En la América septentrional, Nueva España, con la Nueva Galicia y Península de Yucatán, Guatemala, provincias internas de Oriente, provincias internas de Occidente, isla de Cuba con las dos Floridas, la parte española de la isla de Santo Domingo, y la isla de Puerto Rico con las demás adyacentes a éstas y al continente en uno y otro mar.
En la América meridional, la Nueva Granada, Venezuela, el Perú, Chile, provincias del Río de la Plata, y todas las islas adyacentes en el mar Pacífico y en el Atlántico.

En el Asia, las islas Filipinas, y las que dependen de su gobierno."

Aquí os embebo el documento íntegro oficial para que lo leáis con detalle si os apetece... ;) ¿No os da que pensar?

Constitución 1812

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